May 1, 2017 04:34
7 yrs ago
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English term
Uso de mayúsculas en \"Términos y condiciones\" o \"Política de privacidad\"
English to Spanish
Law/Patents
Internet, e-Commerce
Hola a todos,
¿Desde hace tiempo tengo esta duda. Al traducir los "Términos y condiciones" o la "Política de privacidad" de un sitio web se debe utilizar mayúsculas en los términos del acuerdo? Sé que se sobrecapitaliza en español, una tendencia que parece derivada del inglés y que no es correcta en absoluto, según lo que expresa la RAE en sus reglas para capitalizar palabras. Pero la duda se me plantea al traducir términos y condiciones de una página web. Por ejemplo, cuando se definen los términos del contrato, ej: ...(el "Concurso"), patrocinado por xxx, Inc. (el "Patrocinador" o "xxx") comienza el 20 de junio de 2017 y termina el 16 de junio de 2018 a las 11:59:59 p.m. ("Período de inscripción"). En este caso, ¿deben escribirse estos términos con mayúscula? ¿Y cuando se utilizan a lo largo del texto deben utilizarse también con mayúscula? Por ejemplo: Para participar, visite la página web del Concurso, xxx ("Sitio Web del Concurso") y envíe el formulario durante el Período de Inscripción.
¿Cómo sería correcto escribirlo? Sé que fuera del ámbito legal, deberían escribirse en minúscula, pero ¿y al tratarse de un contrato legal?
Muchas gracias por adelantado.
¿Desde hace tiempo tengo esta duda. Al traducir los "Términos y condiciones" o la "Política de privacidad" de un sitio web se debe utilizar mayúsculas en los términos del acuerdo? Sé que se sobrecapitaliza en español, una tendencia que parece derivada del inglés y que no es correcta en absoluto, según lo que expresa la RAE en sus reglas para capitalizar palabras. Pero la duda se me plantea al traducir términos y condiciones de una página web. Por ejemplo, cuando se definen los términos del contrato, ej: ...(el "Concurso"), patrocinado por xxx, Inc. (el "Patrocinador" o "xxx") comienza el 20 de junio de 2017 y termina el 16 de junio de 2018 a las 11:59:59 p.m. ("Período de inscripción"). En este caso, ¿deben escribirse estos términos con mayúscula? ¿Y cuando se utilizan a lo largo del texto deben utilizarse también con mayúscula? Por ejemplo: Para participar, visite la página web del Concurso, xxx ("Sitio Web del Concurso") y envíe el formulario durante el Período de Inscripción.
¿Cómo sería correcto escribirlo? Sé que fuera del ámbito legal, deberían escribirse en minúscula, pero ¿y al tratarse de un contrato legal?
Muchas gracias por adelantado.
Reference comments
2 hrs
Reference:
Opiniones (y prácticas) divergentes
El profesor Roberto Mayoral Asensio, de la Universidad de Granada, dice que no:
"6.4. Nombre corto de las partes y los documentos
En inglés y en español es usual dar una denominación corta a las partes (el comprador, el vendedor, el contrato, el aval…) introducida por fórmulas como de ahora en adelante, en lo sucesivo denominado, hereinafter o unidas al nombre simplemente por aposición o mediante paréntesis). Estas denominaciones cortas en inglés se suelen escribir con mayúscula inicial (the Seller) y en español sin ella (el comprador). En inglés solo se formulan en singular si la parte es única (the Seller), en tanto que en español se pueden formular en singular o en plural aunque la parte sea única (el vendedor/los vendedores). El sistema es el mismo para los términos que han recibido definición (the Price, the Bank, the Guarantee…)."
"Comparación de los contratos en inglés y en español como ayuda al traductor"
http://www.lextra.uji.es/papers/2007/mayoral07.pdf
Con "el sistema es el mismo", hay que entender que el autor quiere decir que los términos definidos se escriben con minúscula en los contratos españoles.
En cambio, en el blog —merecidamente respetado— de Fernando Cuñado y Ruth Gámez, por ejemplo, se expresa otra opinión:
"Por el contrario, y siguiendo el argumento que acabamos de exponer, cuando dichas convenciones [uso de mayúsculas y negrita] tengan una finalidad concreta y su conservación sea relevante para el significado o la interpretación del contrato, deberemos respetarlas. Este es el caso de otro asunto controvertido en la traducción de contratos: el empleo de la mayúscula inicial en los términos definidos.
Encontraremos en muchos contratos de cierta longitud una cláusula denominada definiciones (definitions) [...] que suele figurar, además, como la primera de la parte dispositiva. Dicha cláusula contiene una lista de términos que se van a utilizar mucho en el contrato y a los que se quiere asignar un significado preciso y concreto, que no deje lugar a dudas, errores o malas interpretaciones. Estos términos aparecen siempre en el contrato con la primera letra en mayúscula. En este caso, dado que esta convención tipográfica sí responde a una finalidad muy clara e importante dentro del contrato, pensamos que es necesario respetarla en el texto meta, aunque ello contravenga la norma general vista anteriormente. Solamente respetando el empleo de la mayúscula inicial de dichos términos sabremos que ese término utilizado, por ejemplo, en la página 50 del contrato es uno de los definidos al principio y no se está usando en su acepción general, sino en la que específicamente le ha asignado el redactor del texto. Es esta una función muy importante que conviene mantener."
http://www.lalinternadeltraductor.org/n9/contratos-ingles-es...
En el siguiente trabajo de fin de grado de Traducción e Interpretación de la UAB, sobre la traducción de un contrato, se expresa el mismo criterio; entiendo que la autora sigue el criterio de sus profesores:
"En el TO encontramos algunas palabras con mayúscula inicial, la cual se utiliza para destacar aquellos términos que tienen un significado bien definido dentro del contrato. Por ejemplo, se emplea mayúscula inicial para resaltar el nombre de las partes contratantes (Executive, Iradimied), las cláusulas del contrato (Severality, Waiver…), el contrato (in this Agreement) ETC. En estos casos, dado que la mayúscula inicial cumple una función importante dentro del texto, la hemos respetado en el TM."
https://ddd.uab.cat/pub/tfg/2015/tfg_25665/Encinas_Diaz_Nere...
Si miramos ejemplos de contratos españoles (no traducidos), veremos ambas prácticas; pero yo diría que predomina la segunda (el uso de mayúscula inicial).
Desde luego, si se dice explícitamente en el propio contrato que van con mayúscula, no tendría sentido no conservar este uso. Así, por ejemplo, encontramos la siguiente regla de interpretación en una ley argentina:
"1.2 Reglas de Interpretación.
(a) Para una mejor comprensión de las disposiciones de este Contrato, los términos y expresiones que aquí se definen tendrán el mismo significado y/o alcance cada vez que sean aplicados con mayúscula, salvo que lo fuera al comienzo de una oración o que otro significado y/o alcance se indique expresamente, o sea claramente requerido por el contexto en el que figura."
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/21000...
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Note added at 2 hrs (2017-05-01 07:19:04 GMT)
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El DPD de la RAE no trata este punto en su artículo sobre mayúsculas. Sin embargo, tal vez pudiera argumentarse que, por analogía, la siguiente norma puede aplicarse al caso que nos ocupa:
"4.27. [Se escriben con mayúscula] determinados nombres comunes cuando, por antonomasia, designan una sola de las realidades de su misma clase: el Diluvio (referido al diluvio bíblico) [...]"
http://lema.rae.es/dpd/?key=mayúscula
La mayúscula serviría para diferenciar entre el comprador (cualquier comprador) y el Comprador (este comprador en concreto).
"6.4. Nombre corto de las partes y los documentos
En inglés y en español es usual dar una denominación corta a las partes (el comprador, el vendedor, el contrato, el aval…) introducida por fórmulas como de ahora en adelante, en lo sucesivo denominado, hereinafter o unidas al nombre simplemente por aposición o mediante paréntesis). Estas denominaciones cortas en inglés se suelen escribir con mayúscula inicial (the Seller) y en español sin ella (el comprador). En inglés solo se formulan en singular si la parte es única (the Seller), en tanto que en español se pueden formular en singular o en plural aunque la parte sea única (el vendedor/los vendedores). El sistema es el mismo para los términos que han recibido definición (the Price, the Bank, the Guarantee…)."
"Comparación de los contratos en inglés y en español como ayuda al traductor"
http://www.lextra.uji.es/papers/2007/mayoral07.pdf
Con "el sistema es el mismo", hay que entender que el autor quiere decir que los términos definidos se escriben con minúscula en los contratos españoles.
En cambio, en el blog —merecidamente respetado— de Fernando Cuñado y Ruth Gámez, por ejemplo, se expresa otra opinión:
"Por el contrario, y siguiendo el argumento que acabamos de exponer, cuando dichas convenciones [uso de mayúsculas y negrita] tengan una finalidad concreta y su conservación sea relevante para el significado o la interpretación del contrato, deberemos respetarlas. Este es el caso de otro asunto controvertido en la traducción de contratos: el empleo de la mayúscula inicial en los términos definidos.
Encontraremos en muchos contratos de cierta longitud una cláusula denominada definiciones (definitions) [...] que suele figurar, además, como la primera de la parte dispositiva. Dicha cláusula contiene una lista de términos que se van a utilizar mucho en el contrato y a los que se quiere asignar un significado preciso y concreto, que no deje lugar a dudas, errores o malas interpretaciones. Estos términos aparecen siempre en el contrato con la primera letra en mayúscula. En este caso, dado que esta convención tipográfica sí responde a una finalidad muy clara e importante dentro del contrato, pensamos que es necesario respetarla en el texto meta, aunque ello contravenga la norma general vista anteriormente. Solamente respetando el empleo de la mayúscula inicial de dichos términos sabremos que ese término utilizado, por ejemplo, en la página 50 del contrato es uno de los definidos al principio y no se está usando en su acepción general, sino en la que específicamente le ha asignado el redactor del texto. Es esta una función muy importante que conviene mantener."
http://www.lalinternadeltraductor.org/n9/contratos-ingles-es...
En el siguiente trabajo de fin de grado de Traducción e Interpretación de la UAB, sobre la traducción de un contrato, se expresa el mismo criterio; entiendo que la autora sigue el criterio de sus profesores:
"En el TO encontramos algunas palabras con mayúscula inicial, la cual se utiliza para destacar aquellos términos que tienen un significado bien definido dentro del contrato. Por ejemplo, se emplea mayúscula inicial para resaltar el nombre de las partes contratantes (Executive, Iradimied), las cláusulas del contrato (Severality, Waiver…), el contrato (in this Agreement) ETC. En estos casos, dado que la mayúscula inicial cumple una función importante dentro del texto, la hemos respetado en el TM."
https://ddd.uab.cat/pub/tfg/2015/tfg_25665/Encinas_Diaz_Nere...
Si miramos ejemplos de contratos españoles (no traducidos), veremos ambas prácticas; pero yo diría que predomina la segunda (el uso de mayúscula inicial).
Desde luego, si se dice explícitamente en el propio contrato que van con mayúscula, no tendría sentido no conservar este uso. Así, por ejemplo, encontramos la siguiente regla de interpretación en una ley argentina:
"1.2 Reglas de Interpretación.
(a) Para una mejor comprensión de las disposiciones de este Contrato, los términos y expresiones que aquí se definen tendrán el mismo significado y/o alcance cada vez que sean aplicados con mayúscula, salvo que lo fuera al comienzo de una oración o que otro significado y/o alcance se indique expresamente, o sea claramente requerido por el contexto en el que figura."
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/21000...
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Note added at 2 hrs (2017-05-01 07:19:04 GMT)
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El DPD de la RAE no trata este punto en su artículo sobre mayúsculas. Sin embargo, tal vez pudiera argumentarse que, por analogía, la siguiente norma puede aplicarse al caso que nos ocupa:
"4.27. [Se escriben con mayúscula] determinados nombres comunes cuando, por antonomasia, designan una sola de las realidades de su misma clase: el Diluvio (referido al diluvio bíblico) [...]"
http://lema.rae.es/dpd/?key=mayúscula
La mayúscula serviría para diferenciar entre el comprador (cualquier comprador) y el Comprador (este comprador en concreto).
Note from asker:
Muchísimas gracias a todos, muy interesante y muy útil lo que has escrito, Charles, y lo que habéis comentado todos los demás. Supongo que lo importante, como decís más arriba es mantener la consistencia y ser consecuente con la decisión tomada, porque parece haber diferentes interpretaciones. Muchas gracias a todos por vuestra ayuda! |
Peer comments on this reference comment:
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Álvaro Espantaleón Moreno
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¡Gracias y saludos, Álvaro!
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Victor Sanz
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Gracias, Víctor :)
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María
4 hrs
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Gracias, Maria Jesús :)
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Robert Forstag
: Interesting references and discussion. I guess what we can infer is that there are different options and practices, and that what is important is, whichever way one chooses to go, he or she should simply be *consistent*.
6 hrs
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Thanks, Robert! I think that is the most important thing, yes.
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Mónica Algazi
6 hrs
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Gracias, Mónica :)
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JohnMcDove
: "Dios, que buen vasallo, si oviesse buen señor"... Un agree "non-sequitur", de la "Peanut Gallery", nuestro "gallinero" de siempre... :-)/./Bueno, una vez vi y escuché a Pierre Rampal con su flauta en el Palau de la Música, en platea, y laverdad:disfruté.
14 hrs
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Es el mejor sitio para ver el espectáculo, sin duda. Alguna vez, al ver una plaza libre en el patio de butacas, he bajado a ocuparlo, y siempre me he sentido fuera de lugar :-)
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Inés Cendón Rodríguez
2 days 23 hrs
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Gracias, Inés :)
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Mariana_Rios
169 days
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Gracias, Mariana :)
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Ana Juliá
702 days
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Gracias, Ana :-)
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María González Lago
998 days
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7 days
Reference:
Pero se puede
Del DPD http://lema.rae.es/dpd/srv/search?key=may�sculas :
• 4.33. También es habitual que en textos pertenecientes a ámbitos particulares se escriban con mayúscula las palabras que designan conceptos de especial relevancia dentro de esos ámbitos. Así, por ejemplo, es normal ver escritos con mayúscula, en textos religiosos, palabras como Sacramento, Bautismo, Misa; o, en textos militares, las palabras Bandera o Patria. Estas mayúsculas, que no deben extenderse a la lengua general, obedecen únicamente a razones expresivas o de respeto.
Diría entonces que para un estudio jurídico, por ejemplo, el concepto de contrato "designa un concepto de especial relevancia" y puede escribirse con mayúscula inicial.
• 4.33. También es habitual que en textos pertenecientes a ámbitos particulares se escriban con mayúscula las palabras que designan conceptos de especial relevancia dentro de esos ámbitos. Así, por ejemplo, es normal ver escritos con mayúscula, en textos religiosos, palabras como Sacramento, Bautismo, Misa; o, en textos militares, las palabras Bandera o Patria. Estas mayúsculas, que no deben extenderse a la lengua general, obedecen únicamente a razones expresivas o de respeto.
Diría entonces que para un estudio jurídico, por ejemplo, el concepto de contrato "designa un concepto de especial relevancia" y puede escribirse con mayúscula inicial.
Discussion
Se expusieron muy bien los motivos para usar o no mayúsculas en los términos de los contratos, pero me interesaría discutir sobre las prácticas divergentes de usar mayúscula en toda la frase ("Política de Privacidad") y solo en la primera palabra ("Política de privacidad"). ¿Qué opinan al respecto?
Disculpen si debería haber abierto una nueva pregunta.
Un comentario con respecto al uso del término "privacidad". A menos que el documento se refiera a la "vida privada" de las personas, lo correcto es "política de confidencialidad", ya que habitualmente se está hablando de la confidencialidad de la información personal del usuario y no de su privacidad. Aquí les dejo un artículo al respecto: https://pendientedemigracion.ucm.es/info/especulo/numero21/p...
Estos ejemplos muestran cuánta falta les hace a las profesiones (abogado, traductor, corrector, revisor, documentador, etc.) conocer principios ortotipográficos y de diseño de textos e información. Otro botón de muestra: cuando se subraya un texto en negrita con fines de énfasis. ¿Para qué? O va en negrita o va subrayado (ni hablar del uso de letra cursiva Y negrita que vaya subrayada, un horror ortotipográfico y de mescolanza de sentidos.
Otra cosa: se escribe «Condiciones», no términos y condiciones. No seamos calquistas.