Glossary entry

English term or phrase:

(Re)insurer's liability several not joint

Spanish translation:

responsabilidad solidaria y no mancomunada del (re)asegurador

Added to glossary by Claudia Luque Bedregal
Apr 15, 2014 09:11
10 yrs ago
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English term

(Re)insurer's liability several not joint

English to Spanish Law/Patents Insurance Poliza de seguro de joyería (Insurance of: Jewellers Block)
(RE)INSURER'S
LIABILITY: (RE)INSURERS LIABILITY CLAUSE

(Re)insurer's liability several not joint

The liability of a (re)insurer under this contract is several and not
joint with other (rejinsurers party to this contract. A (re)insurer is
liable only for the proportion of liability it has underwritten.
A (re)insurer is not jointly liable for the proportion ofliability
underwritten by any other (re)insurer. Nor is a (re)insurer
otherwise responsible for any liability of any other (re)insurer that
may underwrite this contract.
Change log

Apr 29, 2014 05:12: Claudia Luque Bedregal Created KOG entry

Discussion

Tradu-juri (asker) Apr 16, 2014:
Responsabilidad mancomunada y no solidaria Gracias Claudia. "Responsabilidad solidaria y no mancomunada del reasegurador" es también la traducción que originalmente pensé en usar, pero no es correcta, ya que se contradice con el texto del que es título. Si lees el contexto, verás que dice "Un reasegurador SÓLO es responsable de la cuota de responsabilidad que ha suscrito." Eso es justo la definición de responsabilidad mancomunada. Se contradice con el título. En todo caso tendría que traducirse al revés:"responsabilidad mancomunada y no solidaria del reasegurado". En una entrada antigua de proz he visto que lo traducen así: http://www.proz.com/kudoz/english_to_spanish/insurance/21922...

Proposed translations

+2
24 mins
Selected

responsabilidad solidaria y no mancomunada del (re)asegurador

Del Diccionario de seguros de Mapfre:

responsabilidad solidaria (several liability)
Definición:
Para diferenciarla de la responsabilidad mancomunada, se da este nombre a la que, en virtud de un contrato, corresponde a las partes afectadas, cada una de las cuales responde por la totalidad de la obligación o deuda, sin perjuicio de su derecho a recuperar de las otras partes lo que a estos les correspondiese.
El responsable solidario responde «por todo»; el mancomunado, por «su parte». Sinónimo de solidaridad.

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Note added at 25 mins (2014-04-15 09:36:31 GMT)
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responsabilidad mancomunada (joint liability)
Definición:
Para diferenciarla de la responsabilidad solidaria, se da este nombre a la que, en virtud de un contrato, corresponde a cada una de las partes afectadas, y en la cuantía preestablecida para cada una de ellas.
El responsable mancomunado responde por «su parte»; el solidario, «por todo». Sinónimo de mancomunidad.
Peer comment(s):

agree Rafael Molina Pulgar
2 hrs
Gracias Rafael. Saludos.
agree Mariano Saab : Couldn't agree more!
1 day 6 hrs
Thank you Mariano. Un saludo.
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